Ensenada, Baja California. – En un paso firme hacia la consolidación de una corporación moderna y alineada a estándares de actuación profesional, el Cabildo de Ensenada turnó a comisiones la iniciativa de Reglamento para el uso de cámaras corporales en la Dirección de Seguridad Pública Municipal, acción impulsada por la presidenta municipal Claudia Agatón Muñiz.
Bajo el principio de Gobierno con Rumbo, la presidenta municipal ha establecido como prioridad avanzar hacia una corporación mejor equipada, capacitada y alineada a estándares modernos de actuación. La implementación de cámaras corporales no es una medida aislada, sino parte de una política estructural que fortalece la certeza jurídica, protege los derechos tanto de la ciudadanía como de los elementos policiales y genera evidencia objetiva que respalda cada intervención.
La alcaldesa ha reiterado que avanzar hacia una seguridad pública moderna implica no solo equipar a la corporación, sino también dotarla de reglas claras que respalden cada actuación policial. En ese sentido, la regulación del uso de las cámaras corporales, la cual ya fue turnada a las comisiones conjuntas de Gobernación y Legislación, y de Seguridad, representa un instrumento clave para brindar certeza jurídica tanto a la ciudadanía como a las y los elementos de la corporación.
Estas herramientas tecnológicas permiten documentar intervenciones conforme a protocolo, fortalecer los procesos de supervisión interna, robustecer la capacitación basada en casos reales y generar evidencia que respalde el actuar policial. La existencia de registros objetivos contribuye a elevar la calidad del servicio, disminuir riesgos legales y consolidar una cultura institucional centrada en la rendición de cuentas y la mejora continua.
La presidenta Claudia Agatón sostuvo que en el ámbito jurídico, la iniciativa se sustenta en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente en sus artículos 20 y 21, que establecen el esclarecimiento de los hechos y la función de seguridad pública; así como en el artículo 251 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en el que reconoce como datos y medios de prueba aquellos elementos materiales que permitan corroborar hechos dentro de un proceso legal.
De igual forma, se armoniza con la Ley Nacional del Uso de la Fuerza, que establece que la documentación audiovisual por parte del policía también es legal. En su Artículo 25, permite registrar las detenciones en medios audiovisuales, mientras que el Artículo 30, fracción XI, autoriza grabar el desarrollo del operativo desde su inicio hasta su conclusión.
Con esta iniciativa reglamentaria, el Gobierno de Ensenada reafirma su compromiso de seguir construyendo una Ensenada más segura, mediante acciones concretas que consolidan una corporación profesional, transparente y preparada para responder con responsabilidad y eficacia a las necesidades de la población.










