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Investiga FGE como feminicidio asesinato de mujer en San Quintín

Mar 9, 2023

homicidio
La víctima fue atacada con disparos de arma de fuego en el interior de una vivienda

Ensenada, Baja California.- La Fiscalía General del Estado (FGE) investiga como feminicidio la muerte de Rocío Tapia Camacho, de 42 años de edad. La mujer fue atacada a balazos, el pasado 22 de febrero, en un domicilio de la delegación Vicente Guerrero, del municipio de San Quintín.

Datos obtenidos indican que alrededor de las 02:48 horas del miércoles, 22 de febrero, se recibió un reporte en el 911 en el que se indicaba que, el reportante se dirigía a la clínica 69 del IMSS, con una mujer herida por disparos de arma de fuego.

La mujer fue ingresada a la clínica del Instituto Mexicano del Seguro Social del poblado donde alrededor de las 04:30 horas fue declarada sin vida, a causa de las lesiones de arma en su anatomía.

La víctima, identificada como Rocío Tapia Camacho, de 42 años de edad, tenía 11 impactos de proyectil de arma de fuego en tórax, brazo derecho y en el abdomen.

Datos obtenidos indican que la mujer se encontraba en compañía de su pareja, quién habría sido el presunto responsable del asesinato.

Sobre este feminicidio, el primero registrado este 2023 en San Quintín, la Fiscalía Estatal tiene importantes avances para su esclarecimiento.

FEMINICIDIO

Según el Código Penal para el Estado de Baja California, el feminicidio se encuentra tipificado en el artículo 129, el cual establece lo siguiente:

“Comete el delito de feminicidio el que dolosamente prive de la vida a una o varias mujeres por razones de género. Se considera que existen razones de género, cuando se de una o más de las siguientes circunstancias:

  1. Hay existido entre el activo y la víctima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo o amistad.
  2. Haya existido entre el activo y la víctima una relación laboral, docente o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad.
  3. La victima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
  4. A la víctima se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones previa o posterior a la privación de la vida.
  5. Existan antecedentes de amenazas, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.
  6. El cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público.
  7. La victima haya sido incomunicada.

 

Redacción: Elma Arámburo

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